Texto oficial
Artículo 2º.- Ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación territorial de las presentes normas corresponde a la cuenca del río Biobío, ubicada en las regiones Octava de Biobío y Novena de la Araucanía.
Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del río biobío
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1084403 / 9652083.