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Artículo 47 de la Ley 20.883

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1084822 / 9653805.

Texto oficial

Artículo 47.- A contar de 1 de enero de 2016, sustitúyese la tabla contenida en el artículo 34 del decreto con fuerza de ley Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, por la siguiente: Grados Viático Completo Viático Sin Alojamiento 1 al 10 $ 76.798 $ 30.719 11 al 17 $ 58.567 $ 23.427 18 al 23 $ 44.200 $ 17.680 El viático de faena para el Servicio de Impuestos Internos será el establecido en el artículo quinto de la ley Nº 19.882.