Texto oficial
Artículo 12º.- La evaluación del cumplimiento y seguimiento de los proyectos se llevará a cabo por la División de Atención Primaria del Ministerio de Salud, la que informará a la Ministra de Salud sobre los resultados del mismo y su opinión sobre si corresponde aprobar su ejecución. Asimismo, podrá proponer medidas a adoptar en casos de incumplimiento o demoras en su ejecución.