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Artículo 12 del Decreto 62

Aprueba reglamento sobre utilización de recursos para la compra de medicamentos bioequivalentes en el nivel primario de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1084836 / 9653981.

Texto oficial

Artículo 12º.- La evaluación del cumplimiento y seguimiento de los proyectos se llevará a cabo por la División de Atención Primaria del Ministerio de Salud, la que informará a la Ministra de Salud sobre los resultados del mismo y su opinión sobre si corresponde aprobar su ejecución. Asimismo, podrá proponer medidas a adoptar en casos de incumplimiento o demoras en su ejecución.