Texto oficial
Artículo 9º. El Consejo deberá publicar sus actas de sesión y emitir informes de sus actividades, funcionamiento y avances, al menos semestralmente. Para estos efectos deberá contar con un sitio en internet de acceso público.
Crea el consejo público-privado para la competitividad exportadora
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1085163 / 9656394.