Saltar al contenido

Artículo 55 de la Ley 20.880 · Sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses

Sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1086062 / 9663637.

Texto oficial

Artículo 55.- Sustitúyese, en el inciso cuarto del artículo 35 del Código Tributario, la frase "y de los fiscales del Ministerio Público, en su caso", por la siguiente: ", de los fiscales del Ministerio Público y de la Contraloría General de la República, en su caso".