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Artículo 2 de la Ley 20.881

Modifica el decreto con fuerza de ley nº 5, de 2003, del ministerio de economía, fomento y reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley general de cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1086108 / 9663682.

Texto oficial

Artículo 2º.- Reemplázase, en el artículo único de la ley Nº20.638, que establece el Día Nacional de las Cooperativas, la frase "primer sábado del mes de julio", por la expresión "14 de noviembre".