Texto oficial
Artículo 2º.- Reemplázase, en el artículo único de la ley Nº20.638, que establece el Día Nacional de las Cooperativas, la frase "primer sábado del mes de julio", por la expresión "14 de noviembre".
Modifica el decreto con fuerza de ley nº 5, de 2003, del ministerio de economía, fomento y reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley general de cooperativas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1086108 / 9663682.