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Artículo 1 de la Ley S/N · Terrenos de indíjenas.- prohibicion de hipotecarlos, darlos en arriendo, anticrésis, etc.

Terrenos de indíjenas.- prohibicion de hipotecarlos, darlos en arriendo, anticrésis, etc.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1086205 / 9665121.

Texto oficial

"Artículo 1.° La prohibicion de adquirir terrenos de indíjenas, hecha a los particulares en el artículo 6.° de la lei de 4 de agosto de 1874 en el territorio designado en dicho artículo, se estiende a las hipotecas, anticrésis, arriendos o cualquiera otro contrato en virtud del cual se prive directa o indirectamente a aquéllos de la posesion o tenencia del terreno, sobre terrenos situados dentro de esos límites, aun cuando el indíjena o la reduccion a quien pertenezcan tengan registrados su título de propiedad. Esta prohibicion subsistirá por diez años.