Saltar al contenido

Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.889 · Modifica régimen de probidad aplicable al consejo nacional de televisión

Modifica régimen de probidad aplicable al consejo nacional de televisión

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1086833 / 9667644.

Texto oficial

Artículo segundo.- La prohibición establecida en el número 4) del artículo único no regirá para los Consejeros que hayan cesado en sus cargos antes de la publicación de la presente ley.".