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Artículo CUARTO del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la agencia de promoción de la inversión extranjera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1086863 / 9667690.

Texto oficial

Artículo cuarto.- Dispóngase que la fecha de iniciación de actividades de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera y de la entrada en vigencia de su planta de personal que se fija en el artículo 1º del presente decreto con fuerza de ley, será a contar de la publicación del presente acto. El encasillamiento en la planta de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera del personal del Comité de Inversiones Extranjeras regirá a contar de la vigencia de la planta. Establézcase que desde la vigencia de este acto, los recursos y bienes del Comité de Inversiones Extranjeras se traspasarán a la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera.