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Artículo 5 de la Ley 20.905

Regulariza beneficios de estudiantes, sostenedores y trabajadores de la educación que indica y otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1087569 / 9675955.

Texto oficial

Artículo 5°.- Reemplázase, en el artículo cuarto transitorio de la ley N°20.835, la oración "hasta 6 meses después de la entrada en funcionamiento de la Subsecretaría de Educación Parvularia y la Intendencia de Educación Parvularia de la Superintendencia de Educación", por "hasta la entrada en vigencia del reglamento a que se refiere el artículo segundo transitorio de la ley N°20.832, que crea la Autorización de Funcionamiento de Establecimientos de Educación Parvularia".