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Artículo 2 de la Ley 12.419

Crea la comuna subdelegacion de pica, en el departamento de iquique, de la provincia de tarapaca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1087973 / 9680029.

Texto oficial

Artículo 2.o Concédese autonomía a la comuna de Mejillones, número 2a. de la agrupación municipal de Antofagasta, cuyos límites se fijaron en el decreto número 4.771, del Ministerio del Interior, de fecha 29 de Noviembre de 1938, y creánse los servicios anexos para que se instale la Municipalidad respectiva.