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Artículo 4 de la Ley 20.902

Autoriza a erigir un memorial en recuerdo de las víctimas del accidente aéreo en archipiélago juan fernández

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1088143 / 9680768.

Texto oficial

Artículo 4º.- Créase una Comisión Especial, compuesta por integrantes ad-honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por el Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes o por quien éste designe en su representación, quien la presidirá, un representante de la Ilustre Municipalidad de Juan Fernández, un representante del Directorio de Televisión Nacional de Chile, un representante de la Fundación Desafío Levantemos Chile, los Senadores de las Circunscripciones 5a y 6a, los Diputados de los Distritos Nos 13, 14 y 15, los decanos de las Facultades de Arquitectura de las universidades Pontificia Católica de Valparaíso, Federico Santa María y de Valparaíso, el Intendente de la Región de Valparaíso y, voluntariamente, por hasta un familiar por cada una de las víctimas del accidente. El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría simple de sus miembros.