Texto oficial
Artículo 62.- Los requisitos específicos de
almacenamiento y las cantidades máximas permitidas, para
cada clase y/o división de la NCh 382:2013, se detallan en
los Títulos IV al VIII de este reglamento, que se
aplicarán preferentemente a los de este Título.
Cuando existan bodegas de almacenamiento con
estándares superiores a los exigidos en este reglamento, se
aplicarán los requisitos establecidos de acuerdo a las
cantidades almacenadas y no al tipo de bodega.