Texto oficial
"Artículo 1°.- Establécese una asignación destinada
a incentivar el desempeño con dedicación exclusiva, para
los funcionarios de la planta de profesionales y a contrata
asimilados a ella de los servicios de salud señalados en el
artículo 16 del decreto con fuerza de ley N°1, de 2005,
del Ministerio de Salud, y para el personal perteneciente a
la planta de directivos de carrera de los referidos
servicios que tengan un título profesional, en adelante "la
asignación". Dichos funcionarios tendrán derecho a esta
asignación siempre que se encuentren regidos por el decreto
con fuerza de ley N°29, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley N°18.834, sobre Estatuto
Administrativo, y por el decreto ley N°249, de 1973, que
fija Escala Única de Sueldos para personal que señala, y
que, además, cumplan con los requisitos establecidos en el
artículo 3° de esta ley.