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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija planta de personal del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1089739 / 9700711.

Texto oficial

Artículo 3°.- La planta de personal fijada en el artículo 1° del presente decreto con fuerza de ley entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo segundo transitorio del presente decreto con fuerza de ley para la provisión de los cargos que en dicho artículo se indican.