Texto oficial
Artículo 2.o- El Instituto Antártico Chileno creado en el artículo 5.o de la ley N.o 15.266 se regirá por el Estatuto que se señala en el presente decreto, por el artículo 55 de esa ley y por los reglamentos que se dicten.
Disposiciones de la direccion de fronteras y limites del estado sobre el territorio chileno antartico
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1090254 / 9702618.