Texto oficial
Artículo 5.o- Cada vez que en las leyes o reglamentos se mencione al "Secretario General" del Instituto Antártico Chileno se entenderá que se refiere al "Director del Instituto Antártico Chileno".
Disposiciones de la direccion de fronteras y limites del estado sobre el territorio chileno antartico
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1090254 / 9702621.