Texto oficial
Artículo 1°.- Dispóngase el año 2017 como segundo año de postulación para las siguientes regiones: I Región de Tarapacá, IV Región de Coquimbo, VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins y X Región de Los Lagos.
Establece la vigencia del proceso de admisión e indica las regiones para el segundo año de postulación, según las normas de gradualidad territorial a que se refiere el artículo vigésimo sexto transitorio de la ley n° 20.845
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1090488 / 9702319.