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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece la vigencia del proceso de admisión e indica las regiones para el segundo año de postulación, según las normas de gradualidad territorial a que se refiere el artículo vigésimo sexto transitorio de la ley n° 20.845

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1090488 / 9702319.

Texto oficial

Artículo 1°.- Dispóngase el año 2017 como segundo año de postulación para las siguientes regiones: I Región de Tarapacá, IV Región de Coquimbo, VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins y X Región de Los Lagos.