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Artículo UNDÉCIMO de la Ley 20.922

Modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la subsecretaría de desarrollo regional y administrativo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1090705 · idParte: 9703438

Texto oficial

Artículo undécimo.- Concédese, a contar del 1 de enero del año 2016, al personal de planta y contrata, regido por la ley Nº 18.883, de las plantas Jefaturas, Profesionales y Directivos, una asignación especial de Directivo-Jefatura, siempre que no tengan derecho a la asignación del artículo 1° de esta ley. La asignación del presente artículo sólo se concederá al personal antes señalado que se encontraba en funciones en las mencionadas plantas al 1 de enero de 2015. El monto de la asignación se determinará conforme a las reglas siguientes: 1.- Valores asignación Directivo- Jefatura: GRADOS $ MES 3 236.626 4 223.234 5 222.511 6 198.669 7 181.279 8 162.586 9 147.133 10 133.151 11 120.500 12 109.049 Los valores antes señalados se reajustarán en los mismos porcentajes y oportunidades que la remuneración del sector público. 2.- Esta asignación se pagará mensualmente, tendrá carácter imponible y tributable y no se considerará base de cálculo para determinar ninguna otra remuneración o beneficio económico.