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Artículo DUODÉCIMO de la Ley 20.922

Modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la subsecretaría de desarrollo regional y administrativo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1090705 · idParte: 9703439

Texto oficial

Artículo duodécimo.- El mayor gasto que irroguen las modificaciones dispuestas en la presente ley será de cargo municipal. Con todo, los aportes extraordinarios del Fisco, indicados en el artículo sexto transitorio se financiarán con cargo al presupuesto de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo y, en lo que faltare, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público.