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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Modifica la planta de personal de la superintendencia de educación; fija fecha en que la superintendencia comenzará a ejercer las facultades de fiscalización que se indica, y regula otras materias a que se refiere el artículo segundo transitorio de la ley nº 20.835

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1090867 / 9704726.

Texto oficial

Artículo 7º.- Fíjase para el año 2016 la dotación máxima de personal de la Superintendencia de Educación en 755 cupos, a cuyo respecto no regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, respecto de los empleos a contrata incluidos en la dotación.