Modifica la planta de personal de la superintendencia de educación; fija fecha en que la superintendencia comenzará a ejercer las facultades de fiscalización que se indica, y regula otras materias a que se refiere el artículo segundo transitorio de la ley nº 20.835
Texto oficial
Artículo 6º.- A contar del 1 de marzo de 2017, la Superintendencia de Educación comenzará a ejercer las facultades de fiscalización que se le otorgan en la ley Nº 20.835, respecto de los establecimientos que imparten educación parvularia.