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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Modifica la planta de personal de la superintendencia de educación; fija fecha en que la superintendencia comenzará a ejercer las facultades de fiscalización que se indica, y regula otras materias a que se refiere el artículo segundo transitorio de la ley nº 20.835

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1090867 / 9704725.

Texto oficial

Artículo 6º.- A contar del 1 de marzo de 2017, la Superintendencia de Educación comenzará a ejercer las facultades de fiscalización que se le otorgan en la ley Nº 20.835, respecto de los establecimientos que imparten educación parvularia.