Texto oficial
Artículo 6°.- A contar del año 2017 los recursos presupuestarios de que trata esta ley sólo podrán concederse hasta por un máximo anual de $1.650.000 miles. El 31 de diciembre de 2018 este monto se convertirá en unidades de fomento al valor que tenga a dicha fecha.
La asignación máxima anual a pagar a cada funcionario corresponderá al resultado que se obtenga de dividir el monto señalado en el inciso anterior por la dotación máxima de personal autorizada para el Servicio en el año correspondiente al pago. Sólo para estos efectos, en dicha dotación no se considerarán los cargos afectos al Sistema de Alta Dirección Pública establecido en el Título VI de la ley N° 19.882. El valor de la unidad de fomento para este cálculo será el que ésta tenga al 31 de marzo del año correspondiente al pago de la asignación.