Texto oficial
Artículo decimocuarto.- Para el período que medie
entre la entrada en vigencia de la presente ley y el 31 de
diciembre de 2019, los costos asociados a la supervisión a
que hace referencia el inciso cuarto del artículo 95° para
las instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional, se
entenderán cubiertos en el Valor Anual de la Transmisión
Troncal contenida en el decreto supremo N° 23 T, del
Ministerio de Energía, promulgado el año 2015 y publicado
el año 2016.