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Artículo 20 de la Ley S/N · Ley electoral

Ley electoral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1092747 / 9723905.

Texto oficial

ART. 20 Los gastos de material y de todos los servicios necesarios para dar ejecución á las disposiciones de este título, así como de los restantes de esta ley, son de cuenta y cargo de la Municipalidad respectiva. Los gastos que demanden la formación de cuadernos para registros y su reparto serán de cargo al tesoro nacional.