Texto oficial
Artículo 5.- Los circos deberán cumplir con la normativa sanitaria, de higiene y ambiental vigente.
Aprueba reglamento para la acreditación del funcionamiento de los circos nacionales y extranjeros
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1093602 / 9722479.