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Artículo 9 del Decreto 1424

Aprueba reglamento para la acreditación del funcionamiento de los circos nacionales y extranjeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1093602 / 9722484.

Texto oficial

Artículo 9.- En un lugar destacado en el acceso del circo deberán mantenerse a la vista los certificados correspondientes entregados por el Servicio Agrícola y Ganadero.