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Artículo 10 del Decreto 1424

Aprueba reglamento para la acreditación del funcionamiento de los circos nacionales y extranjeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1093602 / 9722486.

Texto oficial

Artículo 10.- Los derechos que cobren los municipios a los circos que operen en la comuna serán regulados mediante la ordenanza municipal respectiva, la que podrá establecer las condiciones para eximir de dicho pago a los circos.