Saltar al contenido

Artículo 15 del Decreto 1424

Aprueba reglamento para la acreditación del funcionamiento de los circos nacionales y extranjeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1093602 / 9722493.

Texto oficial

Artículo 15.- La infracción a lo dispuesto en el presente Reglamento será sancionada conforme a lo dispuesto en las ordenanzas municipales respectivas y a la normativa sectorial pertinente.