Texto oficial
Artículo 5°: Apruébase el siguiente plan de estudio
de 5° a 6° año de educación básica para aquellos
establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por
el Ministerio de Educación, que se encuentran adscritos al
Régimen de Jornada Escolar Completa diurna e impartan la
asignatura de Lengua Indígena:
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