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Artículo 2 de la Ley 7.866

Modifica el decreto supremo n.o 4.299, de 1932, que fijo los limites de la comuna subdelegacion de quintero.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1094069 / 9725170.

Texto oficial

Artículo 2.o Las cuentas por pagar de la actual Municipalidad de Quintero serán siempre de cargo de esta Municipalidad. Las contribuciones, patentes, cuentas y demás créditos a favor de la Municipalidad de Quintero, pendientes a la fecha de la promulgación de la presente ley, y que correspondan a la nueva comuna de Puchuncaví, deberán pagarse a la Municipalidad de Quintero. La Municipalidad de Puchuncaví no podrá cobrar ninguna suma de dinero devengada con anterioridad a la presente ley, a la Municipalidad de Quintero, ni podrá tampoco pagar deudas contraídas por esta Municipalidad.