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Artículo 7 del Decreto 28

Aprueba reglamento para la ejecución de la asignación "programa pago cuidadores de personas con discapacidad", establecida en la partida 21, capítulo 01, programa 01, subtítulo 24, ítem 03, asignación 352, glosa nº 14, de la ley nº 20.882 de presupuestos del sector público, correspondiente al año 2016

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1094601 / 9728283.

Texto oficial

Artículo 7.- Monto.- Para efectos de determinar el monto a pagar, el Ministerio utilizará coma información base referencia) el ingreso mínimo mensual para los trabajadores del régimen general al 1º de enero del 2016. De dicha información se obtiene el valor del estipendio que equivale al 10,4% del valor del ingreso mínimo mensual a que se refiere el inciso anterior. El monto máximo mensual resultante del estipendio corresponderá a $26.000 para el año 2016, dicho monto se reajustará anualmente conforme a la variación anual que experimente el índice de Precios al Consumidor, reportado en el mes de diciembre del año anterior a su ejecución, siempre que exista disponibilidad presupuestaria en la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.