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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 320

Sobre organizacion del registro municipal de electores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1094691 / 9737552.

Texto oficial

Artículo 1.o Las inscripciones extraordinarias generales en toda la República, para formación del Registro Municipal de Electoras, comenzará en la fecha que determine el Presidente de la República por decreto supremo.