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Artículo QUINTO transitorio de la Ley 20.958 · Establece un sistema de aportes al espacio público

Establece un sistema de aportes al espacio público

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1095541 / 9739630.

Texto oficial

Artículo quinto .- Los ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Vivienda y Urbanismo deberán publicar y someter a consulta pública, durante treinta días, el proyecto del reglamento a que se refiere el artículo 171 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. El reglamento deberá dictarse dentro del plazo de seis meses, contado desde la publicación de esta ley.".