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Artículo CUARTO transitorio de la Ley 20.958 · Establece un sistema de aportes al espacio público

Establece un sistema de aportes al espacio público

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1095541 / 9739629.

Texto oficial

Artículo cuarto .- Los primeros planes comunales e intercomunales de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público que se elaboren en cada comuna o territorio intercomunal o metropolitano deberán, antes de iniciarse su proceso de aprobación, ser sometidos por la autoridad que los elabore a una consulta pública durante treinta días.