Saltar al contenido

Artículo SEXTO transitorio de la Ley 20.955

Perfecciona el sistema de alta dirección pública y fortalece la dirección nacional del servicio civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1095821 / 9741598.

Texto oficial

Artículo sexto.- Las modificaciones introducidas en el artículo sexagésimo quinto de la ley N° 19.882 no se aplicarán a los altos directivos públicos que se encuentren nombrados a la fecha de publicación de la presente ley. En los casos anteriores, continuarán rigiéndose por las normas vigentes con anterioridad a la publicación de esta ley y sólo comenzarán a aplicarse las modificaciones introducidas al referido artículo sexagésimo quinto una vez que los cargos queden vacantes por cualquier causal.