Texto oficial
Art. 10. Si la causa de la implicancia que se reclama fuere notoria, o constare del proceso o de los documentos que presenta la parte, o el mismo juez a quien se objetare reconociere que es efectiva, proveerá un decreto bajo la fórmula siguiente: Siendo notorio o constando del proceso, o de los documentos que esta parte presenta, o siendo cierto (segun la esposicion que ha hecho el señor juez tal, si el tribunal fuere colejiado) el hecho tal, me declaro, o se declara a dicho señor juez tal, implicado para conocer en esta causa, con arreglo a lo dispuesto en el número ..... del artículo 2.° de la lei sobre implicancias i recusaciones; i pasará su conocimiento al juez tal, (aquí el nombre del juez que deba subrogar al juez implicado) o (si el tribunal fuere colejiado) seguirán conociendo los señores que quedan en la sala, completándose su número en la forma dispuesta por la lei.