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Artículo 1 de la Ley S/N · Réjimen interior.- lei jeneral sobre la materia

Réjimen interior.- lei jeneral sobre la materia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1097456 / 9756434.

Texto oficial

Artículo 1.º Por Gobierno interior de la República se entiende el de las provincias, el de los departamentos, el de las subdelegaciones, i el de los distritos en que constitucional i respectivamente está dividida para facilitar la accion del Poder Ejecutivo en toda su estension.