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Artículo SEGUNDO transitorio del Decreto 351

Aprueba reglamento de la ley nº 20.887, que facilita infraestructura y equipamiento deportivo de las fuerzas armadas a organizaciones deportivas, establecimientos educacionales y personas jurídicas sin fines de lucro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1097710 / 9752377.

Texto oficial

Artículo segundo: A partir de la publicación en el Diario Oficial de este reglamento, las Instituciones de las Fuerzas Armadas tendrán el plazo de 60 días, para dictar la primera resolución que señala el artículo 10, en cuyo caso los convenios que se celebren podrán tener vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2017.