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Artículo 2 del Decreto 514 EXENTO

Modifica arancel aduanero nacional de la república de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1098336 / 9757403.

Texto oficial

Artículo 2°.- Las Reglas Generales Complementarias, las Reglas sobre las Unidades y las Reglas sobre Procedimiento de Aforo, se mantienen inalterables.