Texto oficial
Artículo único.- Durante el año 2017, el incremento por desempeño institucional que corresponda pagar al personal traspasado desde la Subsecretaría del Interior a la Subsecretaría de Derechos Humanos, se determinará en relación al grado de cumplimiento de los objetivos de gestión que hubiere alcanzado la Subsecretaría de Justicia, durante el año 2016, de conformidad a la ley Nº 19.553.
A su vez, el incremento por desempeño colectivo que corresponda pagar en el año 2017, al personal traspasado desde la Subsecretaría del Interior a la Subsecretaría de Derechos Humanos, se determinará en relación al grado de cumplimiento del convenio de desempeño colectivo suscrito con el Ministro del Interior y Seguridad Pública, para el año 2016, de acuerdo a lo establecido en la letra d) del artículo 7º, de la ley Nº 19.553. Para tales efectos se deberá considerar el cumplimiento de las metas de equipo, unidad o área de trabajo al cual pertenecía el funcionario de la Subsecretaría del Interior que fue traspasado a la Subsecretaría de Derechos Humanos.
Durante el año 2017, el incremento por desempeño institucional que corresponda pagar a los funcionarios que se incorporen a la Subsecretaría de Derechos Humanos, se determinará en relación al grado de cumplimiento de los objetivos de gestión que hubiere alcanzado la Subsecretaría de Justicia, durante el año 2016, de conformidad a la ley Nº 19.553.
A su vez para el pago del incremento por desempeño institucional en la Subsecretaría de Derechos Humanos durante el año 2018, las autoridades que correspondan deberán dar cumplimento a lo establecido en el artículo 6º de la ley Nº 19.553 a más tardar el 30 de junio de 2017. Los objetivos de gestión fijados deberán cumplirse durante el segundo semestre del año 2017.
Para el pago del incremento por desempeño colectivo durante el año 2018, las autoridades que correspondan deberán determinar los equipos, unidades o áreas de trabajo y las metas de gestión y sus indicadores, conforme lo dispone el artículo 7º de la ley Nº 19.553, dentro de los noventa días siguientes a la fecha de entrada en funcionamiento de la Subsecretaría de Derechos Humanos.