Texto oficial
Artículo 27.- Las personas naturales y jurídicas
inscritas en la Nómina de Interesados tendrán derecho a:
a) Recibir por correo electrónico de parte del
Ministerio las notificaciones de las etapas e hitos del
proceso de elaboración de los Planes Estratégicos de
Energía en Regiones.
b) Participar en la audiencia pública convocada por el
Ministerio a efectos de exponer el plan de trabajo del
proceso de elaboración de los Planes Estratégicos de
Energía en Regiones, realizar observaciones al mismo y
acompañar los antecedentes o la información que estimen
pertinente.
c) Participar en audiencias que pudiese convocar el
Ministerio para presentar los avances del proceso de
elaboración de los Planes Estratégicos de Energía en
Regiones y realizar observaciones a lo presentado en ellas,
en los plazos y condiciones que defina el Ministerio.
d) Realizar observaciones a la propuesta del Plan
Estratégico de Energía en Regiones.
La inscripción en la Nómina de Interesados será
condición necesaria para realizar las observaciones a que
se refiere el literal d) del presente artículo.