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Artículo 28 del Decreto 134

Aprueba reglamento de planificación energética de largo plazo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1098751 · idParte: 10550794

Texto oficial

Artículo 28.- El Ministerio convocará a las personas naturales y jurídicas inscritas en la Nómina de Interesados a una audiencia pública, que podrá realizarse de manera presencial o remota, en la que deberán presentarse los contenidos de los Planes Estratégicos de Energía en Regiones. La convocatoria deberá ser publicada en el sitio web del Ministerio, señalando el lugar, fecha y hora de realización de esta y será, además, notificada a quienes figuren en la Nómina de Interesados. Asimismo, el Ministerio podrá convocar a participar a los órganos de la Administración del Estado señalados en el artículo 25 del presente reglamento, de modo de procurar una actuación coordinada de las entidades públicas involucradas.