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Artículo 6 del Decreto 134

Aprueba reglamento de planificación energética de largo plazo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1098751 · idParte: 9759623

Texto oficial

Artículo 6°.- Los plazos de días que establece el presente reglamento serán de días hábiles. Cuando el último día del plazo sea inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.