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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica del ministerio de justicia y derechos humanos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1099611 / 10144769.

Texto oficial

DL Nº 3.346 Artículo 4º.- La estructura orgánica funcional del Art. 4 Ministerio será la siguiente: D.O. 22.05.1980 a) El Ministro y su Gabinete; b) La Subsecretaría de Justicia; c) La Subsecretaría de Derechos Humanos, y d) Las Ley Nº 20.885 Secretarías Regionales Ministeriales. Art. Único Nº 5 letras a) y b) Un reglamento expedido por el Ministerio de Justicia y D.O. 05.01.2016 Derechos Humanos determinará la estructura organizativa Ley Nº 20.885 interna del Ministerio, de conformidad a lo dispuesto en la Art. Único ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales Nº 5 letra c) de la Administración del Estado. D.O. 05.01.2016 Para efectos de establecer la estructura interna del Ministerio deberán considerarse áreas funcionales, tales como las encargadas de realizar estudios en las materias de su competencia, de atender los aspectos relacionados con el Poder Judicial de su competencia, de reinserción social, de los aspectos relativos a su administración, planificación y presupuesto, de los asuntos jurídicos internacionales de su competencia, de asesoría jurídica y las demás que sean necesarias para dar cumplimiento a los objetivos, funciones y atribuciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.