Texto oficial
DL Nº 3.346
Artículo 18.- Derógase el artículo 7º, del decreto con Art. 17
fuerza de ley N° 7.912, de 1927 y sus modificaciones, como D.O. 22.05.1980
asimismo toda disposición general o especial contenida en
la legislación vigente en lo que sea contrario a la
presente ley.