Texto oficial
Artículo 69.- De acuerdo a los requerimientos de uso del biogás y cuando se requiera de una presión de regulación superior a la presión mínima de abastecimiento, el diseño de las instalaciones industriales deberá considerar sopladores o compresores, para la buena operación de las mismas.
Los compresores se deben instalar cumpliendo con lo siguiente:
a) Aguas abajo del proceso de limpieza del biogás.
b) Los compresores que levanten presión del biogás para suministrar a una tubería de suministro en alta presión, deben ser instalados dentro de una sala de compresores. Los compresores deberán contar con un sistema de control o by-pass para evitar el exceso de presión en la tubería de suministro.
c) Deberán contar con dispositivos o accesorios de seguridad, entre otros, medidores de presión y temperatura, presostatos de corte por alta y baja presión y controladores de temperatura.
d) Deberán contar con un sistema de enfriamiento de gases y de regulación del caudal de biogás de salida, en caso de ser requerido.
e) Estar, a lo menos, a 2 metros de distancia de cámaras de registro de tuberías, alcantarillados, piletas o cualquier comunicación con recintos bajo nivel de superficie, los que deberán permanecer cerrados.
f) Permitir fácil acceso a los equipos y el acceso solo a personal autorizado.
g) Deberán contar con extintores de incendio, adecuados a los materiales combustibles o inflamables que existan en dichos lugares o se manipulen.