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Artículo PRIMERO transitorio del Decreto 119

Aprueba reglamento de seguridad de las plantas de biogás e introduce modificaciones al reglamento de instaladores de gas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1099847 / 9766926.

Texto oficial

Artículo primero transitorio: El reglamento aprobado en el artículo primero del presente decreto supremo, entrará en vigencia a los 180 días corridos contados desde su publicación en el Diario Oficial.