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Artículo 2 de la Ley S/N · Provincia de llanquihue.

Provincia de llanquihue.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1100439 / 9775421.

Texto oficial

Art. 2.° Sus límites serán: al norte, el rio Bueno, desde su desembocadura en el mar hasta el punto en que se reúne el rio Pilmaiquen, i desde este punto el curso de este rio i la laguna de Dollegue; al oriente, la cordillera de los Andes; al poniente, el mar; i al sur, el Territorio de Magallanes.