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Artículo 3 de la Ley S/N · Provincia de llanquihue.

Provincia de llanquihue.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1100439 / 9775422.

Texto oficial

Art. 3.° Esta provincia se dividirá en tres departamentos: Osorno, Carelmapu i Llanquihue. La cabecera de este último, que lo es al presente del territorio de colonizacion, será la capital de la provincia.